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viernes, 5 de marzo de 2010

Te solucionamos todos tus problemas!! Cuando una publicidad en psicología es una contravención a la ética.

El Colegio de Psicólogos de Québec ha colaborado en la elaboración de los códigos de ética de las profesiones, aportando los puntos específicos que hacen a la profesión de psicólogo *.  En lo que respecta a las publicidades “éticas” en el área de la psicología, es bien claro, mencionándolo en sus artículos 75 a 78:

75: El psicólogo se abstiene de participar en su carácter de psicólogo, de toda forma de publicidad  recomendando al público de comprar o utilizar un producto o un servicio que no se halla relacionado al dominio de la psicología.

(es decir, nada de recomendar cruceros, vacaciones lujosas, entrevistas  vampíricas con Tom Cruise… Vale decir que si referida a casos como los mencionados, escuchamos la frase: “Es justo lo que me recomendó el psicólogo”, por otra parte, frase muy común en Argentina, tendremos que informar al Colegio de la falta de conducta de dicho profesional).

76: El psicólogo que participe en la distribución comercial de instrumentos, de volúmenes o de otros productos concernientes a la psicología apoya todas sus afirmaciones en lo que hace a la actividad, les ventajas y rendimientos de estos productos sobre pruebas profesional y científicamente reconocidas en psicología.

(No, las flores de Bach, no están reconocidas científicamente, ni tampoco la aromaterapia… son terapias alternativas que ayudan a la relajación, y pueden ayudar a nivel sugestión.  Pero pueden perjudicar muchísimo si necesitándose una intervencion adecuada, se pierde tiempo con esto, por ejemplo, un caso muy claro, cuando hace falta medicar ante una depresión).

77: El psicólogo debe estar en situación de justificar las habilidades y cualidades particulares que se atribuye en su publicidad, en particular en lo que hace a la eficacia y extensión de sus servicios profesionales y de aquellos generalmente brindados por los otros miembros de su profesión o en lo que hace a su nivel de competencia.

78: El psicólogo conserva una copia de toda publicidad que haya realizado durante un período de tres años siguientes a la fecha de su última publicación o difusión.  Si el síndico lo pide, se deberá enviar una copia  a un miembro del comité de inspección profesional o a un investigador de ese comité.

Entonces, nada de publicidades engañosas.  A título de ejemplo, en el curso de ética que seguí en el Colegio, nos comentaron una anécdota acerca de una mediática psicóloga de Québec (de quien, dado mi desconocimiento de la cultura mediática quebequense no pude identificar el nombre, pero ya averiguaré) que vendía un felpudo con supuestas propiedades terapéuticas: uno se limpiaba los pies en él y así se garantizaba no llevar los problemas de afuera al interior de la casa. Y parece que ardió Troya!.  La docente que coordinaba el curso, exclamó: Haberlo sabido antes, con todo lo que uno tiene que estudiar!  Todo el grupo soltó la carcajada. 

Ante la duda sobre cuestiones de ética profesional, se puede consultar en





* El sustantivo "psicólogo” se utiliza de manera general a efectos de no sobrecargar el texto, buscando representar tanto al género femenino como al género femenino.

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